ATER AUTOMOTOR 955x90

 

En el marco de la denuncia de extorsión en contexto de violencia de género, formulado por Dolores Etchevehere, el juez de La Paz, Raúl Flores, dispuso medidas de protección para ella, su familia y su grupo social.
 
Por ello, prohibió la realización de actos molestos o perturbadores contra la denunciante y dictó la prohibición de acercamiento al casco de la estancia Casa Nueva -en el Paraje El Quebracho- para sus hermanos Luis Miguel Erchevehere, Juan Diego y Arturo Sebastián y su madre Leonor Barbero Marcial de Etchevehere, supo La Sexta
 
El pedido de las medidas resueltas por Flores fueron ante la presentación y solicitud de la fiscal actuante María Constanza Bessa.
 
 
 

Las medidas son las siguientes:
1.- Cese de cualquier acto violento, molesto e intimidatorio hacia Dolores Etchevehere y las personas allegadas a la misma que se encuentran en el interior del Establecimiento Rural Casa Nueva junto a ella, por cualquier medio y por sí o por interpósita persona.

2.- Prohibición de acercamiento al Casco del establecimiento rural Casa Nueva, sito en localidad de Santa Elena; lugar donde se encuentra actualmente la Sra. Dolores Etchevehere; debiendo respectar el cordón policial preventivo, ubicado en el ingreso sobre Ruta Provincial N° 48.

3.- Prohibición de acercamiento a cualquier lugar público y/o privado en que Dolores Etchevehere y las personas allegadas a la misma que se encuentran en el interior del Establecimiento Rural Casa Nueva junto a ella se encuentren.

4.- Prohibición de realización de actos violentos, molestos y/o perturbadores tanto a la denunciante como a su grupo familiar y social, y allegados, por sí o por interpósita persona y por cualquier medio radial, televisivo y/o redes sociales.

El magistrado dispuso librar oficio a la Comisaría N° 17 de Paraná, a fin de que procedan a notificar a: Luis Miguel , Juan Diego y Arturo Sebastián Etchevehere y a  Leonor María Magdalena Marcial Barbero de Etchevehere, de la presente resolución, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento, incurrirán en el delito de desobediencia judicial previsto en el art. 239 del Código Penal, a la vez que su incumplimiento será evaluado negativamente en caso de que debiera ser indagado por los hechos que motivaron el inicio de la presente investigación.

Etiquetado en:

                                                                                                                            

                                                                                           

                                                                      MI ENTRE RIOS 300x250

 

         IMG 20260209 WA0003IMG 20260208 WA0132             

 WhatsApp Image 2026 03 02 at 07.37.37

 

 MelisaRomeroContadora

 ElRecicladorToner

BANNERSantaElena2

Banner Colonia Avigdor

SanGustavoBannerAgosto2022

FacebookInstagramTwitter    

Publicitá y contanos tus noticas

 whatsapp (1).png 343-741-3766

 whatsapp (1).png 343-740-0344