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José Gregorio Gómez, exSubdirector de la Dirección de Conservación Vial de la Municipalidad de Paraná, fue condenado por la Justicia a 2 años de prisión condicional por haber sido partícipe necesario en el robo de combustible de la Planta Asfáltica para su posterior comercialización.

El exfuncionario de 64 años acordó en el marco de un juicio abreviado ser responsable del delito de peculado en calidad de partícipe necesario. Además de la pena en suspenso, se le impuso la inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos y dos años de reglas de conducta, entre las que se destaca la realización de 96 horas globales por año de trabajos no remunerados en provecho de una institución de bien público.

Gómez es oriundo de La Paz, ya que nació allí el 3 de septiembre de 1958, según consta en el legajo judicial al que accedió La Sexta. Sin embargo, vive desde hace mucho tiempo en Paraná, en una vivienda ubicada entre las calles Newbery y Artigas. El dato de su condena lo difundió ayer el sitio Entre Ríos Ahora.

En el proceso, Gómez reconoció la sustracción de varios litros de gasoil de la Planta de Asfalto de la Municipalidad, elemento del que era responsable de la custodia. La sentencia fue emitida por el juez de Garantías N° 3, Ricardo Bonazzola, el 26 de septiembre de este año, al homologar el acuerdo alcanzado entre la Fiscalía y la defensa del ahora exfuncionario. La resolución no había trascendido hasta ahora.

En concreto, el hecho que admitió Gómez, dice: "El 21 de enero de 2021, aproximadamente entre las 17.30 hs y 19 hs. José Gregorio Gómez, Subdirector de la Dirección de Conservación Vial, responsable de la custodia de la planta de asfalto de la Municipalidad de Paraná, actuando en connivencia con Luís Eduardo Cepeda (NdlaR: capataz de la planta que fue condenado en otro abreviado), puso en conocimiento de éste mediante mensaje de Whatsapp los movimientos del personal de la planta, a fin que este último concrete la sustracción de gasoil, cuando ya no había personal que pudiera advertir la maniobra".

Así, se estableció que Gómez “faltando a sus obligaciones como funcionario público Municipal, aprovechándose de la particular relación que por su cargo en el ámbito de la Dirección de Conservación Vial de la Municipalidad de Paraná, y más específicamente en la Planta Asfáltica de dicha repartición mantenía con el gas oíl allí obrante, con obvio conocimiento de a quien pertenecía y cuál era su verdadero destino, actuando en acuerdo espurio con el otro infiel funcionario municipal – hoy condenado- Luis Eduardo Cepeda y con su aporte imprescindible- (avisarle cuando ‘quede libre la cancha’ es decir sin ningún otro personal, acuerdo que también se verifica al detectarse que Cepeda le manifiesta a Gómez que iba a dejarle un bidón lleno de combustible para el)- ; permitió que este se apoderara ilegítimamente de una cantidad indeterminada de dicho combustible, con el consiguiente quebranto para las arcas públicas; siendo Cepeda quien lo aprovechó en su propio beneficio, comercializándolo”.

“El delito alcanzó claramente consumación por cuanto el combustible de marras fue apartado definitivamente de la esfera de dominio de la Municipalidad de Paraná”, subraya la sentencia.

 

Fuente: Entre Ríos Ahora.

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