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La Justicia de La Paz condenó a Iván Pablo Andrés Medina, de Santa Elena, por abuso sexual simple. Fue en el marco de un juicio abreviado donde el joven, de 24 años, admitió el delito y aceptó una pena de un año de prisión condicional, es decir, no irá preso.

Según la sentencia a la que accedió La Sexta, el 13 de marzo el juez de Garantías de La Paz, Ramón Aurelio Lell, homologó el acuerdo de juicio abreviado presentado por la Fiscalía y la defensora oficial del imputado. El joven es peón rural, conocido como 'Cabezón', y actualmente se domicilia en Santa Fe.

En el acuerdo, Medina reconoció que aproximadamente a las 00,30 del 26 de enero de 2021 recogió en su motocileta a una joven -cuya identidad se preserva- sobre Avenida Mitre, frente al Cementerio de la localidad "con la excusa de que la acercaría a la casa de su novio (NdelaR. con quien el imputado jugaba al fútbol). Acto seguido la trasladó hacia Avenida Hipólito Irigoyen S/Nº, camino a Colonia El Colorado, depto. La Paz, lugar en el cual la bajó y comenzó a manosearla por todo su cuerpo con significación sexual, y contra su voluntad". Desde allí la trasladó por la fuerza a una casa abandonada donde nuevamente la abusó. Finalmente, la joven logró escapar del lugar y radicar la denuncia.

Tras analizar las pruebas ofrecidas y el reconocimiento del delito por parte del imptuado, el juez consideró como elementos atenuantes que el joven no tenía antecedentes penales y que admitió el hecho.

En relación a los elementos agravantes, señaló que "se debe tener especialmene en cuenta las circunstancias de tiempo, modo y lugar de la acción delictiva desplegada por Medina". 

Así las cosas, el juez declaró a Medina autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple. Lo condenó a la pena de un año de prisión condicional y le impuso dos años de reglas de conductas, entre las cuales se encuentran la realización de una terapia psicológica o curso destinado al abordaje de la violencia de género; y la abstención de realizar actos molstos contra la víctima.

Por último, el magistrado ordenó incorporar el perfil genético del santaelenense en el Registro Provincial de Datos Genéticos y al Registro Nacional de Datos Genéticos.

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